Gobierno exonera a sectores florícola y atunero del pago anticipado del 100% del impuesto a la renta
2 de abril de 2015

floresEl Gobierno nacional en su propósito de apoyar el fomento a las exportaciones, el 25 de marzo, a través de los decretos Ejecutivos, 645 y 646, suscritos por el presidente, Rafael Correa, dispone la exoneración del pago del 100% del anticipo al impuesto a la renta, en favor del sector exportador de flores y del sector atunero, fuertemente afectados por factores exógenos a la economía nacional.

Esta exoneración por lo tanto obedece a causas externas, como la devaluación de las monedas de los principales compradores, la ganancia de mercados de nuestros principales competidores, la caída de los precios internacionales, entre otros, que han provocado la pérdida de competitividad de los productos ecuatorianos, entre ellos estos dos importantes rubros de la oferta exportable no petrolera: flores y atún.

Los referidos Decretos Ejecutivos se amparan en el artículo 41 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, que señala  “en casos  excepcionales  debidamente  justificados  en que sectores  o   subsectores de  la economía  hayan  sufrido  una  drástica  disminución  de sus ingresos por causas no previsibles,  a petición   fundamentada  del  Ministerio  del ramo y con informe de impacto  fiscal del Director General de Servicio de Rentas Internas, el Presidente de  la  República,   mediante   decreto,   podrá   reducir   o  exonerar   el  valor  del anticipo establecido  al correspondiente  sector o  sub sector”.

A esta decidida acción para estimular las exportaciones, se suma la Corporación Financiera Nacional (CFN), con el Programa de Financiamiento para floricultores con Mercados de Crisis, orientado especialmente a las pequeñas y medianas empresas (Pymes). Esta herramienta estará disponible hasta finales del 2015, y busca respaldar a las empresas florícolas con posibilidades de recuperación económica del negocio, y que demuestren que han sido afectadas por factores exógenos a su ejercicio corporativo. Los beneficiarios por su parte deberán contar con un plan de negocios que permita enfrentar la coyuntura por la que atraviesa el país.

Cabe mencionar que este estímulo a los exportadores ecuatorianos, es concordante con la Resolución 013 del Comité de Comercio Exterior (COMEX), del 20 de marzo que puso en vigencia la aplicación del procedimiento simplificado para la devolución de tributos de comercio exterior–drawback-, la misma que fue anunciada a inicios de esta semana por la ministra Coordinadora de la Producción, Nathalie Cely y el ministro de Comercio Exterior, Diego Aulestia.