La aplicación de salvaguardia a bienes tributables en fronteras terrestres y aeropuertos entra en vigencia este viernes 18.
17 de septiembre de 2015

salvaguardiasLa resolución del Comité de Comercio Exterior COMEX, que decidió la aplicación de salvaguardia por balanza de pagos a los bienes tributables que ingresen al país por las fronteras terrestres y aeropuertos, entra en vigencia desde este viernes 18 de septiembre, una vez que su texto figura en el Registro Oficial.

La decisión responde a los anuncios presidenciales sobre la implementación de medidas para restaurar el dinamismo y la competitividad de las economías de las ciudades ecuatorianas fronterizas, impedir el contrabando y eliminar el tratamiento desigual en el pago de salvaguardias para artículos de las mismas características.

Esta resolución no afecta a los llamados “efectos de viajero”, artículos de uso personal que los viajeros portan como equipaje. Las normas que rigen el tratamiento a esos bienes y artículos no han sufrido modificación y pueden ser consultadas en el enlace del Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador http://www.aduana.gob.ec/pro/border_entry.action

Por otro lado, los bienes tributables (no exentos) que acompañen al viajero, además del pago de arancel que actualmente se liquidan a través de la presentación de una Declaración Aduanera Simplificada (DAS), estarán sujetos del pago de la sobretasa por balanza de pagos, conforme los porcentajes definidos en la Resolución No. 11-2015 del COMEX (5%, 15%, 25% y 45%).

La resolución será ejecutada por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE.