Medidas de vigilancia papel corrugado
1 de noviembre de 2016

El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca  (MPCEIP)  resolvió  someter  a vigilancia  por un periodo  de 12 meses a las importaciones  realizadas, bajo cualquier régimen de importación,  a las subpartidas arancelarias  4805.11.00.00 –papel semiquimico para acanalar y 4805.19.00.00 — Los demás (papel corrugado).

La Resolución Nro. MCE-VNIDC-2016-0007-R entrará en vigencia a partir de 10 días hábiles posteriores a su publicación  en  el  Registro  Oficial,  quedando  excluidas  de  la  aplicación  de  la  medida  aquellas  mercancías embarcadas antes de la entrada en vigencia de la presente Resolución.

Para  descargar  la  Resolución  y  los  formularios  del  documento  de  vigilancia  haga  click  en  los  siguientes enlaces:

  • Resolución:

Resolución Nro. MCE-VNIDC-2016-0007-R, de 7 de octubre de 2016.

  • Formularios:

Documento de vigilancia-Original para el destinatario 1

Documento de vigilancia-Ejemplar para la Autoridad Competente 2