La OMC hace público el informe del Grupo Especial sobre la diferencia relativa a los derechos de salvaguardia aplicados por la India a los productos de acero
12 de noviembre de 2018

El 6 de noviembre la Organización Mundial del Comercio distribuyó el informe del Grupo Especial encargado de examinar la diferencia relativa a los derechos de salvaguardia aplicados por la India a los productos de acero provenientes de Japón.

La medida fue adoptada por la India como una medida de urgencia temporal diseñada para reparar una supuesta situación de daño grave a la rama de producción nacional provocada por un aumento de las importaciones de los productos afectados.

El Grupo Especial constató que la India actuó de manera incompatible con determinadas disposiciones del GATT de 1994 y del Acuerdo sobre Salvaguardias como:

  • No examinó objetivamente las tendencias de las importaciones.
  • No se evaluó la tasa y el monto del aumento de las importaciones sobre la base de datos objetivos.
  • No se evaluó adecuadamente ni se explicó suficientemente los cambios en los precios de importación y su efecto en los precios de la industria nacional y, por lo tanto, en la rentabilidad.
  • No se demostró la existencia de un vínculo causal entre el aumento de las importaciones y el daño grave sufrido por la industria nacional.
  • No proporcionó al Comité de Salvaguardias una descripción precisa del producto involucrado y una descripción precisa de la medida propuesta.

Finalmente el Grupo Especial recomendó que en tanto en cuanto la medida siga teniendo algún efecto, la India ponga su medida en conformidad con las obligaciones que le corresponden en virtud del GATT de 1994 y del Acuerdo sobre Salvaguardias.

Fuente: https: https://www.wto.org