Se establecen grupos especiales para examinar los aranceles impuestos por los estados unidos sobre el acero y el aluminio
6 de diciembre de 2018

En su reunión de 21 de noviembre, el Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC aceptó las solicitudes presentadas por China, la Unión Europea, Canadá, México, Noruega, Rusia y Turquía para que se establezcan grupos especiales encargados de examinar la decisión de los Estados Unidos de imponer un arancel aduanero adicional del 10% a las importaciones de productos de aluminio y del 25% para el acero. El OSD también aceptó cuatro solicitudes presentadas por los Estados Unidos para que se establecieran grupos especiales encargados de examinar las contramedidas impuestas por China, el Canadá, la Unión Europea y México respecto de las importaciones procedentes de los Estados Unidos en respuesta a los aranceles sobre el acero y el aluminio.

Los siete miembros reiteraron su creencia de que las medidas estadounidenses, supuestamente tomadas por razones de seguridad nacional, eran, en su contenido y sustancia, medidas de salvaguardia adoptadas para proteger a las industrias estadounidenses de acero y aluminio de los efectos económicos de las importaciones.

Estados Unidos dijo que las tarifas impuestas en virtud del artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de los Estados Unidos eran necesarias para proteger sus intereses esenciales de seguridad, dado el papel clave que desempeña el acero y el aluminio en la defensa nacional de los Estados Unidos; por lo tanto, estas medidas estaban justificadas en virtud del artículo XXI del GATT y no estaban sujetas a revisión por un panel de la OMC.

Con respecto a las solicitudes de un solo panel para revisar las siete quejas contra los aranceles de Estados Unidos, los Estados Unidos dijeron que no estaban de acuerdo y que el OSD debe decidir por consenso si acepta tales solicitudes.

El OSD acordó el establecimiento de los siete grupos especiales. Más de 20 miembros de la OMC reservaron sus derechos de terceros para participar en cada uno de los procedimientos respectivos.

Fuente: https: https://www.wto.org