Importadores deberán presentar los formularios de vigilancia y documentos de respaldo previo a las importaciones de papel corrugado medio
1 de noviembre de 2016

Mediante Resolución Nro. MCE-VNIDC-2016-0007-R de 7 de octubre de 2016, suscrita por el señor Viceministro de Negociaciones Integración y Defensa Comercial, se resolvió someter a vigilancia por un plazo de doce (12) meses a las importaciones realizadas bajo cualquier régimen de importación de las subpartidas 4805.11.00.00 –Papel semiquimico para acanalar y 4805.19.00.00 –Los demás (papel corrugado).

Este lunes 31 de octubre de 2016 se publicó en el Suplemento del Registro Oficial 873, la referida Resolución; por lo que los importadores de conformidad con lo prescrito en la Disposición Transitoria Segunda de la Resolución ibídem, contarán con 10 días hábiles posteriores a su publicación en el Registro Oficial para que sea obligatoria la presentación de los formularios de vigilancia y los documentos de respaldo, previo al embarque de dichas mercancías.

Para mayor información y asesoramiento técnico, los interesados podrán contactarse con la Coordinación de Defensa Comercial-Autoridad Investigadora al correo electrónico defensa.comercial@comercioexterior.gob.ec así como  visitar en internet el micrositio de la CDCAI http://defensacomercial.produccion.gob.ec/