Cuando se presenta un incremento importante de importaciones y esas importaciones causan o amenazan causar un daño grave a una rama de producción nacional, se pueden adoptar medidas de salvaguardia luego de realizar una investigación tendiente a demostrar:
- El incremento masivo de importaciones
- El daño grave o amenaza de daño
- La realización de la causalidad
La información estadística que deberá presentarse para la adopción de una medida de salvaguardia debe contener evidencia del incremento importante de las importaciones, el daño argumentado y su relación causal.
Las variables que se analizan para demostrar el daño son:
- Importaciones
- Las ventas
- La producción
- La participación en el mercado
- Utilidades o pérdidas
- Utilización de la capacidad instalada
- Productividad
- Empleo
Normativa Aplicable:
- El acuerdo sobre salvaguardias de la OMC
- Resolución Nro. 43 del COMEX
- Acuerdo de Cartagena
- FLUJOGRAMA DE PROCEDIMIENTO (descarga pdf)
La información requerida para el inicio de una investigación por salvaguardia, deberá ser remitida a la Autoridad Investigadora a través de los siguientes formularios junto con una solicitud formal por parte del interesado.
Formulario inicio de investigación por salvaguardia CAN
Formulario inicio de investigación por salvaguardia OMC
Solicitud de inicio de investigación por salvaguardias OMC
La Autoridad Investigadora examina la información presentada para determinar el inicio de la investigación; y si procede, ejecuta el proceso de investigación y presenta un informe al COMEX con sus determinaciones sobre la pertinencia o no de aplicar medidas de defensa comercial.
El Comité de Comercio Exterior, COMEX, es el organismo encargado de adoptar las medidas de salvaguardia.