Dirección de Defensa Comercial
Autoridad Investigadora
Nuestros Servicios
La Autoridad Investigadora lleva a cabo procesos para la aplicación de medidas en materia de defensa comercial, asesora y participa en la defensa de los intereses comerciales de los exportadores ecuatorianos afectados por investigaciones tramitadas por gobiernos extranjeros, participa en los procesos de negociación comercial internacional del país, en materia de defensa comercial, ofrece talleres de capacitación y asesoramiento al sector productivo nacional.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la Autoridad Investigadora Ecuatoriana?
La Dirección de Defensa Comercial del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca , designada como Autoridad Investigadora en materia de Defensa Comercial, es la encargada de ejecutar los procesos de investigación para la adopción de medidas antidumping, medidas de salvaguardias y derechos compensatorios para proteger la producción nacional.
¿Qué es la Organización Mundial de Comercio (OMC)?
Se puede ver la OMC desde diferentes perspectivas. La OMC es una organización para que los gobiernos negocien acuerdos comerciales mundiales y cuenta con un sistema de normas comerciales que se aplican a todos sus Miembros. Es también un lugar para que los gobiernos miembros resuelvan sus diferencias comerciales.
¿Qué puede hacer un productor nacional cuando las importaciones de un producto similar al que él produce le causen daño?
Generalmente, la rama de la producción interesada o empresa presenta ante la Autoridad Investigadora una solicitud motivada (estadísticas, documentos, etc.) en la que se explique la situación que afronta dicha empresa o rama a causa de las importaciones de productos similares.
Si existe mérito en la solicitud, la Autoridad Investigadora inicia una investigación para comprobar cuatro condiciones elementales: representatividad del solicitante, existencia de incremento de importaciones y/o la existencia de la práctica desleal (en el caso de dumping o subvenciones), el daño o amenaza de daño en la empresa o rama y la relación causal entre estos dos últimos hechos.
Concluida la investigación, la Autoridad Investigadora emite sus determinaciones y las presenta en el Comité de Comercio Exterior (COMEX), quien resuelve o no adoptar la medida de defensa comercial.
¿Cómo inicio el procedimiento para la aplicación de una medida de defensa comercial?
Se recomienda, antes de la presentación de la solicitud formal, evaluar el cumplimiento de ciertas condiciones básicas: la representatividad del solicitante en la rama de la producción nacional, la existencia de incremento en las importaciones y/o la práctica desleal (existencia de dumping y subvenciones) de productos similares, la existencia de un daño en el solicitante y la relación causal entre el incremento de importaciones y el daño aludido.
Una vez verificada la existencia de estas condiciones el o los interesados deben presentar una solicitud motivada, adjuntando los documentos soportes y demás requisitos establecidos en Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), Reglamento de Aplicación del Libro IV del COPCI y demás Resoluciones emitidas por el COMEX.
En el caso de requerir asesoramiento, le sugerimos contactarse con la Autoridad Investigadora a la dirección electrónica defensacomercial@produccion.gob.ec.
¿Qué es un producto similar o directamente competidor?
El producto similar es aquel que comparativamente con otro determinado, presenta características iguales en todos los aspectos, o a un producto sustituto cuyas características sean muy parecidas.
Producto directamente competidor es aquel que puede ser similar o no a otro determinado, pero cumple las mismas funciones de este, satisface las mismas necesidades y es comercialmente sustituible.
Las medidas de defensa comercial se aplican a productos importados similares o directamente competidores a los de producción nacional.
Autoridad Investigadora
La Dirección de Defensa Comercial del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, fue designada como Autoridad Investigadora en materia de Defensa Comercial, para los efectos prescritos en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), y en el Reglamento de Aplicación del Libro IV del COPCI, en materia de Política Comercial, sus órganos de control e instrumentos; y es la encargada de ejecutar los procesos de investigación para la adopción de medidas antidumping, medidas de salvaguardias y derechos compensatorios.
Entidades
Misión y Visión
![](http://defensacomercial.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2021/01/1.png)
Resguardar el desarrollo productivo nacional frente a prácticas de comercio desleal y contra las variaciones en el mercado internacional, que causen o amenacen causar daño a la producción o economía nacional, mediante la investigación y administración de los procedimientos de medidas de defensa comercial y salvaguardias, a fin de contribuir con la mejora de la competitividad sostenible y fomento productivo.
![](http://defensacomercial.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2021/01/2.png)
Ser el referente de Autoridad Investigadora a nivel regional por la aplicación de los procedimientos de investigación de mayor transparencia, certeza, imparcialidad y celeridad. Además, constituirse en el líder de la defensa de los intereses comerciales de las empresas exportadoras ecuatorianas.